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Es posible gestionar el riesgo en
entidades financieras con tecnología de Reglas de Negocio
Octubre 2004
El nuevo Acuerdo de Basilea
representa un desafío también para los reguladores
Según Ilog, la tecnología de Reglas de Negocio está
emergiendo como herramienta para controlar el riesgo en entidades
financieras. Para responder a las nuevas normativas europeas en
materia de gestión del riesgo (Basilea II, SolvenciaII o
CAD3), dichas entidades precisan de infraestructuras transparentes
y fáciles de evolucionar y adaptar.
Las soluciones de gestión
de reglas de negocio pueden resultar efectivas para abordar este
cambio, especialmente en la emisión de pólizas en
Seguros y la concesión de créditos en Banca. Entidades
bancarias globales como Hanseatic Bank, Radian y Crédit Lyonnais,
y aseguradoras como Prima Solutions, Vision Service Plan y SMA BTP,
están aplicando soluciones de este tipo –Jrules de
ILOG- para una gestión del riesgo.
Presiones normativas
Las entidades bancarias
y aseguradoras aplican en los procesos de emisión de pólizas
o de concesión de créditos, un conjunto de reglas
que reflejan su experiencia y procedimientos. Las reglas de negocio
son enunciados que describen, limitan y controlan la estructura,
operaciones y estrategias de una entidad. La mayoría toman
la forma natural de “si (condiciones), entonces (acciones)”
y están codificadas en los sistemas de información
corporativos.
Para adaptarse a las
normativas mencionadas y otros cambios de mercado, los responsables
de negocio de esas entidades necesitan poder acceder a las reglas
específicas de su organización, para gestionarlas
y modificarlas, sin tener que recurrir a personal informático.
Una combinación de procesos con reglas rígidamente
codificadas e integradas en múltiples sistemas a lo largo
de la organización, dificulta y encarece esta tarea, mermando
la ventaja competitiva de la entidad.
Las soluciones para la
gestión de reglas de negocio (BRMS), permiten que las reglas
se expresen en un lenguaje natural, gestionado por el usuario de
negocio. Así, las reglas residen y quedan documentadas en
un repositorio común a todos los procesos de la entidad,
ayudando al control del riesgo, a operar bajo el mismo y a demostrar
que este control se está aplicando correctamente ante los
organismos correspondientes.
Las entidades financieras
aplican las tecnologías BRMS en la gestión de las
reglas de cálculo (en fórmulas especializadas para
ratings, probabilidades y aplicaciones de scoring), cualitativas
(en cuestionarios u otras aplicaciones guiadas), de routing (para
encaminar la información a las personas apropiadas en el
work-flow de decisiones) y de comportamiento (para garantizar la
conformidad con reglas internas y regulatorias).
Con los repositorios
de reglas, las aseguradoras almacenan, monitorizan y gestionan reglas
de manera centralizada en múltiples sistemas y canales, garantizando
la implementación de la información de clientes, políticas
y procedimientos para reducir los riesgos en el pricing. Las aseguradoras
pueden mantener reglas simples o complejas detalladas, y establecer
reglas compartidas para su reuso en distintas líneas de negocio.
Pueden, además, gestionar y realizar el seguimiento de una
regla durante todo su ciclo de vida, para una mayor visibilidad
en sistemas y operaciones.
Desafío para los reguladores
Una vez fijadas las fechas
en las que las entidades deberán cumplir con los nuevos requisitos,
muchos se preguntan si el sector está preparado ¿Han
decidido ya los bancos el modelo que van a seguir? ¿Tienen
suficiente tiempo para desarrollar todo lo necesario? Son las primeras
preguntas que todos se plantean. Sin embargo, son quizás
los supervisores los que tienen ante sí el mayor desafío.
Según Ramón
Trias y Lluisa Parés, Presidente-Director General y Directora
de I+D respectivamente de la empresa AIS (Aplicaciones de Inteligencia
Artificial), “Un banco escogerá su modelo, lo desarrollará
y lo presentará a la Entidad Supervisora (lo cual ya representa
una tarea impresionante). Pero serán los Superintendentes
quienes deberán supervisar y aprobar, entre otros desarrollos,
complejos modelos estadísticos que califiquen los distintos
créditos según el riesgo; unos modelos que habrán
creado las entidades después de meses y/o años de
dedicación. Esto, para todas las entidades. Es decir, deben
estar capacitados, no sólo para desarrollar un modelo válido,
sino para poder evaluar todos los modelos que se presenten”.
“Queda mucho por
hacer –comentan-, para organizar la implementación
de Basilea II. Los cambios que conlleva el Nuevo Acuerdo son tan
profundos que requerirán a su vez sustanciales modificaciones
en las superintendencias de cada país. Se empieza a hablar
de la superintendencia orientada al riesgo para referirse al nuevo
paradigma. Este nuevo modelo de superintendencia, requiere, entre
otras cosas, que el Banco Central, tenga perfiles adecuados para
realizar su función, economistas, estadísticos o matemáticos,
que conozcan en detalle las distintas metodologías que se
pueden aplicar y las distintas opciones de aplicación, y
que internamente hayan definido los criterios de aceptación”.
Basilea II deja muchos
puntos abiertos, en la aproximación IRB básica y avanzada
y que caben diferentes aproximaciones cuando vamos al detalle de
la implementación. Por ello, es normal preguntarse cómo
se organizarán los supervisores para alcanzar su objetivo.
¿Se crearán nuevos departamentos para evaluar modelos?
¿Cuánta gente será necesaria? ¿Cómo
se accederá a estos departamentos? ¿Se harán
manuales para guiar al personal supervisor? ¿Se dotarán
ellos también de herramientas? La verdad es que son muchos
interrogantes para los que, en muchos casos, no hay respuesta todavía.
La cuestión es que apenas existe una experiencia previa que
pueda servir de orientación.
Ramón Trias y
Lluisa Parés explican que “En los últimos años,
han ido apareciendo en unos pocos países regulaciones locales
sobre cobertura de insolvencias de crédito fundamentadas
en pérdida esperada en lugar de provisiones específicas
dotadas mediante calendario de retrasos. Si bien es cierto que estos
procedimientos han permitido a las entidades financieras aplicar
modelos internos de estimación de las pérdidas esperadas
para la constitución de las provisiones, como consecuencia,
las entidades financieras de estos países ya han “ensayado”
la presentación de modelos estadísticos a la superintendencia
local. También lo es que la aplicación no ha sido
ni tan fácil ni tan rápida como se apreció
a primera vista: se ha puesto en evidencia el elevado coste para
todos los actores, así como la falta de detalle tanto en
el actual modelo teórico como en el modelo regulado”.
Algunas aplicaciones
pioneras en este nuevo criterio han sido llevadas a cabo en México
y Chile pero los dos casos de los que se puede obtener más
experiencias son, probablemente, el Sistema de Administración
Riesgo de Crédito (SARC) en Colombia, la famosa FONCEI (Fondo
de Cobertura Estadístico de Insolvencias) en España
publicada en el año 1999.
“En el caso colombiano
–comentan-, la regulación del 2002 preveía en
un inicio un plazo de 15 meses de su implementación para
las 80 entidades financieras del país. Este plazo se manifestó
excesivamente corto, de forma que se optó por una revisión
del mismo, junto con un rediseño de la normativa, ampliando
plazos, detallando contenidos, y permitiendo varias alternativas
de implementación a los bancos, de la estándar a la
avanzada. La supervisión ha sufrido un problema agudo de
escasez de recursos humanos especializados y las entidades, la premura
de los plazos para su implementación y la obligación
inicial por parte de todas ellas de utilizar modelos estadísticos
para la estimación de las pérdidas potenciales”.
“Por su parte, el Banco de España también está
llevando a cabo esta experiencia con la FONCEI, aunque no en la
premura de plazos de Colombia, sí en el aprendizaje de su
personal de supervisión y en la planificación de las
tareas a realizar al supervisar un modelo de una entidad”.
Pese a todo, éstas
han sido dos de las pocas experiencias de las que se ha podido aprender
algo y que pueden dar luz al resto de países de las dificultades
que se pueden encontrar en la implementación de Basilea II.
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